Reforma Fiscal



Apreciable cliente,

Con el fin de mantenerte informado sobre los cambios en materia fiscal aplicables en lo referente a operaciones bancarias, a continuación te hacemos un breve resumen de los puntos más importantes con relación a los productos de Captación.

Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR)

Los integrantes del Sistema Financiero que paguen intereses (Banco, Casas de bolsa, Fondos de inversión, Mexder), están obligados a efectuar una retención a la tasa que se encuentre vigente en el ejercicio en que se paguen dichos rendimientos. Dicha retención, en ciertos casos, fungirá como pago provisional a cuenta del Impuesto del ejercicio.

El 15 de noviembre de 2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Ingresos de la Federación (LIF), la cual contiene la nueva tasa anual de retención del 0.46% para 2018, misma que aplicará a los intereses pagados a partir del 1 de enero de 2018.

Para el caso en que los intereses que se paguen en 2018 y que fueron pactados en el (los) año(s) anterior(es) (periodo de transición) se aplicará la nueva tasa de retención al momento del pago (0.46%), ya que como se mencionó anteriormente, el impuesto se retiene sobre interés pagado, a excepción de las Sociedades de Inversión en las cuales la retención es diaria sobre interés devengado.

Nueva versión CFDI 3.3. (publicada el 28 julio del 2017 en el Diario Oficial de la Federación, Anexo 20 instructivo técnico para Estados de Cuenta)

A partir del 21 y 29 de septiembre de 2017 se implementó respectivamente la versión 3.3. de Estados de Cuenta de los productos Cuentas Vista e Inversiones a Plazo con nuevas reglas.

1.- No se genera CFDI Versión 3.3  (es decir archivo XML ni PDF con cuadro fiscal) cuando cumpla alguno de los siguientes supuestos:

  • El RFC registrado en la base de datos del Banco no es válido para el Servicio de Administración Tributaria (SAT) al no encontrarse en el Listado de RFC´s emitidos por la autoridad.

Cabe señalar que el RFC para personas morales es de 12 posiciones y el RFC para personas físicas es de 13 posiciones y este sólo lo emite el SAT.

  • Durante el periodo al que corresponde el estado de cuenta, el Banco no recibió ingresos (comisiones o intereses) por parte del cliente.

En estos casos los clientes recibirán sólo estado de cuenta en formato PDF, con la leyenda “Comprobante sin valor fiscal”.

2.- Adicionalmente en caso de que el Cliente reciba ingresos (intereses) por parte del banco y en su caso, se haya efectuado retención de ISR en el periodo que ampara el comprobante, se continúa emitiendo su estado de cuenta en PDF y XML, con el siguiente cambio:

  • La información de “ISR retenido” ya no se presenta en el Cuadro Fiscal del PDF y del XML como tradicionalmente se informaba y se incorpora en el apartado Addenda del XML

Constancias Fiscales

Como cada año las Constancias se emiten sólo de forma electrónica con sello digital y en conjunto con tu Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con homoclave adquieren su validez fiscal. Para mayor información, consulta el sitio de Constancia Fiscal.

En caso de dudas, te recomendamos consultar a tu asesor fiscal.


Atentamente,
Scotiabank Inverlat, S.A.,
Institución de Banca Múltiple,
Grupo Financiero Scotiabank Inverlat


Fecha de Publicación: 26 de diciembre de 2017.