Fondo de Ahorro

Un servicio a tu medida:

  • Sin costo adicional para los participantes (empleados)
  • Sistema de Administración de Préstamos en línea
  • ¿Qué es Fondo de Ahorro?

    Es una prestación que establecen las empresas a favor de los empleados. Se compone del ahorro que realiza el empleado más una aportación idéntica por parte de la empresa durante un ejercicio fiscal o un ciclo de 12 meses.

    Para la empresa (persona moral), las aportaciones a un Fondo de Ahorro son deducibles de impuestos, con fundamento en Art. 31 de la LISR siempre que se cumpla con los requisitos de permanencia que establezca el Reglamento de la LISR.

    Para el trabajador (persona física), los intereses que se paguen al fondo por parte de las instituciones financieras que los administren, están exentos de retención de ISR.

    El Fondo de Ahorro, al ser una prestación de la empresa hacia el trabajador, debe tener un documento de respaldo en donde se describa su funcionamiento. A este documento se le denomina comúnmente Estatutos.

    ¿Cuál es el límite de aportación?

    La empresa puede deducir aportaciones realizadas a un fondo hasta un limite que no exceda el 13% del salario del trabajador y sin que exceda el monto equivalente a 1.3 veces el salario mínimo general del área geográfica que corresponda a cada trabajador elevado al año.

    ¿Cuál es la disponibilidad de un Fondo de Ahorro?

    El Plan deberá señalar si el trabajador podrá retirar las aportaciones una vez al año o al término de la relación laboral. Sin embargo, el fondo de ahorro puede otorgar un préstamo a los trabajadores participantes con garantía sobre los montos acumulados en el fondo. En algunos casos, hasta dos préstamos al año, siempre que el último préstamo se haya pagado en su totalidad y haya transcurrido como mínimo 6 meses a partir de su liquidación. Esto debe estar regulado por los Estatutos del Fondo de Ahorro.

  • ¿Cuáles son las ventajas de un Fondo de Ahorro con Scotiabank?

    En Scotiabank cuidamos los intereses tanto de la empresa como de sus empleados, de acuerdo a la legislación vigente para la administración de Fondos de Ahorro, ofreciendo las siguientes ventajas:

    • Sin costo adicional para los participantes (empleados).
    • Sistema de Administración de Préstamos en línea.
    • Fácil administración pues contamos con una Área de Operaciones especializada en individualización de cuentas o Record Keeping.
    • Acceso a las mejores opciones de inversión y asesoría de expertos en este rubro.
    • Acceso a consultas de estado de cuenta a través de Internet, 24 horas, 365 días.
    • Transparencia garantizada, respaldo y solidez del grupo Scotiabank.
    • Platicas informativas para los empleados en donde explicaremos el alcance de los Fondos de Ahorro y otros temas que puedan ser de interés.

    La experiencia que tenemos de proveer este servicio a más de 625 clientes con diferentes necesidades de inversión y requerimientos de operación, nos permiten garantizar la satisfacción que nuestros clientes obtendrán al disminuir sus cargas administrativas y costos de operación.

  • Fundamento Fiscal de Fondos de Ahorro:

    • Art. 31 LISR Fracción XII Párrafos 1° y 5°: Deducibilidad de la previsión social y requisitos para la deducción.
    • Art. 109 LISR Fracción VIII: Ingresos Exentos para las personas físicas.
    • Art. 58 LISR Fracción V: Intereses pagados por sector financiero están exentos de retención de ISR.
    • Art. 58 LISR Fracción V Incisos A y B: Las empresas que hayan constituido los Fondos deberán presentar declaración informativa anual al SAT de aportaciones e intereses pagados y reales.
  • Requisitos para contratar el servicio:

    • Acta Constitutiva con sello del Registro Público
    • RFC de la empresa
    • Estatutos y/o reglamento del plan (si lo requiere)
    • Poderes con Actos de Administración con sello del RPC para los firmantes
    • Identificación oficial de los apoderados vigentes (IFE 2003 ya no válida)
    • Comprobante de domicilio reciente (no mayor a tres meses) del titular, (cualquiera de los siguientes documentos)
      • Contrato de Arrendamiento.
      • Recibo de Luz, Teléfono o de pago de Derechos por Suministro de Agua
      • Estado de cuenta de cheques o tarjeta de crédito
      • Boleta de Pago de Impuesto Predial